Preguntas Frecuentes

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La Firma Digital es una herramienta técnico jurídica que se vale de un procedimiento matemático, que permite garantizar la autoría, autenticidad, integridad, no repudio y validez jurídica. Para ello utiliza una técnica segura (criptografía asimétrica) que permite vincular e identificar fehacientemente al firmante del documento electrónico.

Es una forma segura y verificable en donde un documento firmado digitalmente, establece que el mismo es un documento con validez jurídica, y que quien niegue ser el autor del contenido del documento por él firmado, es quien debe probar que las declaraciones u obligaciones que se encuentran en él no son las que ha tenido intención de hacer o contratar.

Firma digital y electrónica no son lo mismo.

La principal diferencia entre la Smart Sign la firma digital radica en su valor probatorio.

En el caso de la firma digital existe una presunción iuris tantum en su favor, lo que implica que un documento firmado digitalmente es automáticamente verificado como correcta se presupone -salvo prueba en contrario- que proviene del suscriptor del certificado asociado y que no fue modificado.

Por el contrario, en caso de la firma Electrónica, se invierte la carga probatoria con respecto a la anterior: en caso de ser desconocida la firma corresponde a quien la invoca acreditar su validez.
Por otro lado ambas firmas aseguran la integridad del documento, es decir, que el mismo no fue modificado con posterioridad a la firma.

Un Certificado Digital es un archivo informático generado por una entidad de servicios de certificación que asocia unos datos de identidad a una persona física, organismo o empresa confirmando de ésta manera su identidad digital en Internet. Es válido para autenticar un usuario o un sitio web en internet por lo que es necesaria la colaboración de un tercero que sea de confianza para cualquiera de las partes que participe en la comunicación

Puede ser firmado cualquier documento digital, como recibo de sueldos, contrato, facturas, etc. que se encuentren en formato PDF.

La Firma Digital goza de una presunción legal "iuris tantum”; esto significa que si un documento firmado digitalmente es verificado correctamente, se presume salvo prueba en contrario, que proviene del suscriptor del certificado digital asociado y que no fue modificado.

Por otra parte, para reconocer que un documento ha sido firmado digitalmente se requiere que el certificado digital del firmante haya sido emitido por un Certificador Licenciado.

Debe tramitar su certificado con una autoridad certificadora licenciada, en Argentina en el siguiente enlace contara con un listado de los certificadores licenciados:

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